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sábado, 30 de noviembre de 2013

Ahora, 9 años después, se duda de que el único condenado por el 11M sea realmente culpable

El único condenado como autor material de los atentados del 11-M,Jamal Zougam, lleva nueve años en prisión y mantiene que es inocente.
Dudas razonables sobre la venta de las tarjetas en la tienda de Zougam se suman al caso del testimonio de las rumanas,que dijeron haberle reconocido en los trenes y cuya verosimilitud está en entredicho -años después del atentado, dijeron que sí le habían visto y le situaron a la misma hora en dos trenes diferentes-.

Así, la Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado investigar si en efecto las tarjetas utilizadas en las mochilas bomba del 11-M fueron suministradas al grupo terrorista por Jamal Zougam, o si por el contrario resultó que simplemente fueron despachadas en una venta ordinaria por un empleado. Dicha orden recoge que denegar esta prueba con "una fórmula estereotipada" -así lo hizo la instructora del caso- es "vulnerar" el derecho de defensa de Zougam. El fundamento en el que se basó la condena a Zougam pasaba por la prueba de cargo -las tarjetas telefónicas- y el testimonio de dos rumanas cuya posible falsedad se está investigando. La Sección Penal Cuarta de la Audiencia Provincial considera que una investigación sobre las tarjetas telefónicas es necesaria por su "evidente relación" con la imputación por falso testimonio contra las dos ciudadanas rumanas. Tanto es así que el propio socio de Zougam reconoció en sede judicial el pasado año haber sido él, y no Zougam, quien vendió las tarjetas. (...)

1) Según la versión oficial, en los trenes se usaron bombas con móviles, los cuales incorporaban una tarjeta telefónica. El lote de tarjetas se vendió en el comercio propiedad de Jamal Zougham y la sentencia del 11-M considera hecho probado que fue Zougham quien suministró esas tarjetas. Ese hecho, y el insostenible testimonio de dos testigos oculares rumanas que dicen que le vieron en los trenes, son lo que ha llevado a Zougham a la cárcel como único condenado por colocar bombas en los trenes.

2) Sin embargo, aún aceptando esa versión oficial, la historia de la venta de las tarjetas hace aguas por todas partes: En primer lugar, es absurdo que un terrorista "venda" a sus compañeros de comando un lote de tarjetas. ¿Zougham estaba dispuesto a poner bombas, pero no a poner de gratis las tarjetas telefónicas para fabricarlas? En segundo lugar, ¿qué sentido tiene que el jefe del comando terrorista se pase por la tienda (¡dos veces, según consta en el sumario!) a por las tarjetas que le suministra otro miembro del comando terrorista? ¿No se podía hacer entrega de las tarjetas de las bombas de manera un poquito más discreta, en cualquiera de las reuniones que tuvieran para preparar el atentado? Pero además, es que en el sumario consta que quien hizo esa venta fue un empleado de Zougham, no Zougham. Pero el juez Bermúdez ni siquiera llamó a declarar a quien en el sumario había realizado esa afirmación.

3) Desde el punto de vista de la defensa jurídica de Zougham, probablemente sea correcto el agarrarse a estas circunstancias para denunciar la incoherencia de la versión oficial en este punto y solicitar que ese anule esa falsa "prueba" contra Zougham: sin cuestionar el conjunto de la versión oficial, se pide simplemente que se anule una parte especialmente escandalosa de la misma.

4) Sin embargo, y aunque la defensa de Zougham no quiera entrar en eso, la cosa va, en realidad, mucho más allá. Zougham no pudo vender las tarjetas telefónicas usadas en las bombas, por la sencilla razón de que en las bombas de los trenes no se usaron móviles, ni tarjetas teléfonicas. Como ya escribí en otra ocasión: ¿Por qué suponemos que en las bombas de los trenes había "tarjetas"? ¿Acaso porque en la mochila de Vallecas había una tarjeta telefónica? ¿Pero no está suficientemente claro ya, a estas alturas, que la mochila de Vallecas es más falsa que una moneda de 3 euros? Era una mochila que aparece en comisaría 18 horas después del 11M, que nadie vio en los trenes, que estaba preparada para no explotar y, lo fundamental: era una mochila llena de metralla, mientras que en las autopsias de los muertos del 11M no había metralla terrorista. En suma: las bombas de los trenes NO PUDIERON SER como la mochila de Vallecas. La mochila de Vallecas es una prueba falsa, una prueba colocada. Por tanto, de la misma forma que el que la mochila de Vallecas llevara Goma2-ECO NO IMPLICA que las bombas de los trenes llevaran Goma2-ECO, el hecho de que en la mochila de Vallecas hubiera teléfono y tarjeta NO IMPLICA que las bombas de los trenes tuvieran teléfono y tarjeta. De hecho, como ya demostró Casimiro García Abadillo, todo lo del teléfono programado a las 7:40 es una completa filfa, un montaje.

(...) La inocencia de Zougham NO se deduce de que él no vendiera las tarjetas utilizadas en las bombas, sino que la inocencia de Zougham se deduce del hecho de que las bombas de los trenes NO UTILIZABAN tarjetas.

Editorial de El Mundo : Una oportunidad para acercarse a la verdad del 11-M 

LA ORDEN de la Audiencia de Madrid de que se esclarezca si las tarjetas de los móviles utilizados para activar las mochilas bomba del 11-M fueron realmente «suministradas» por Zougam es un gran avance para conocer la verdad y supone reconsiderar uno de los pilares sobre los que se asienta la sentencia del caso. La resolución judicial, adoptada unánimemente por tres magistrados, se produce a raíz de la investigación por falso testimonio a las dos rumanas que dijeron haber visto a Zougam en los trenes el día de los atentados y supone un varapalo a la juez instructora y a la Fiscalía, que se negaban a abrir esas pesquisas. Sólo la sospecha de que un hombre inocente puede estar en prisión debería haber sido suficiente para acceder a la petición de su defensa. Hay que tener en cuenta que ambos hechos, el del suministro de las tarjetas y la declaración de las rumanas, tienen mucho que ver, por cuanto si se demuestra que Zougam no las vendió personalmente en su locutorio y nunca conoció cuál iba a ser su utilidad, la verosimilitud del testimonio de las testigos se debilita, y viceversa. El caso es que, seis años después de la sentencia del 11-M, las dos pruebas fundamentales que llevaron a la única condena por la autoría de la masacre están en cuestión. Asistimos además a una semana clave, puesto que el miércoles deben declarar las dos ciudadanas rumanas que dijeron haberle reconocido. Conviene recordar que si han sido llamadas por un juzgado es gracias a las revelaciones de este diario, que desveló en su día que una de ellas fue descartada inicialmente como víctima de los atentados y sólo obtuvo esa consideración cuando declaró contra Zougam. Podrá sorprender que casi una década después de la tragedia aún se estén investigando estas cuestiones, pero eso sólo demuestra la chapuza de la instrucción de Del Olmo, el escaso interés que el Tribunal puso por llegar hasta el final de los hechos y lo mal defendido que estuvo Zougam, quién sabe si de forma deliberada. Es muy raro, por ejemplo, que la sentencia de Bermúdez dé por probado que Zougam «suministró» las tarjetas y que nunca declarase en el juicio Bakkali, socio del marroquí en el locutorio que durante la instrucción aseguró que fueron vendidas en el mostrador por otro empleado. Por contra, debemos felicitarnos de que, pese a todos los defectos y frustraciones que genera el funcionamiento de la Justicia en España, la resolución de la Audiencia de Madrid en este asunto indica que el Estado de Derecho funciona y permite que la búsqueda de la verdad no se agote ni siquiera tras una sentencia firme. Zougam tiene así una nueva oportunidad de demostrar su inocencia. Hoy desvelamos algo sintomático: que en todas y cada una de las conversaciones que estos años ha mantenido con amigos y familiares se ha declarado inocente, como constatan los controles policiales en la cárcel. Ahora que se habla de que las distintas asociaciones de víctimas podrían unirse para conmemorar juntas el aniversario de la masacre, habría que aplaudir el gesto, pero mejor aún sería que colaborasen para el esclarecimiento de la verdad, de manera que no siga ocurriendo que la entidad que preside Pilar Manjón intente impedir que se practiquen nuevas diligencias.
porandalucialibre

martes, 29 de octubre de 2013

El Constitucional niega el amparo a un condenado del 11-M

El Tribunal Constitucional ha denegado el amparo que le había solicitado Antonio Toro, condenado por facilitar explosivos para los atentados del 11 de marzo de 2004 en Madrid y que solicitaba una reducción de condena alegando que no se habían descontado los periodos que pasó en prisión preventiva antes de que se dictara sentencia por este asunto.

No saldrá de prisión hasta el 30 de marzo de 2022.
Toro, que acumula tres condenas diferentes, buscaba que se restaran de su condena los 1.064 días que pasó en prisión provisional por el 11-M y los otros 219 por la 'operación Pipol' en cumplimento de la denominada "doctrina del doble cómputo" establecida en 2008 del Tribunal Constitucional. Acumula una tercera condena por tráfico de drogas. Concretamente, el recurrente alegaba vulneración del derecho a la libertad al considerar que ni la Audiencia Nacional ni posteriormente el Tribunal Supremo le habían descontado los diferentes periodos de tiempo que pasó en prisión preventiva del total de 18 años que tiene que cumplir tras haberse acumulado las penas correspondientes a las tres diferentes causas en las que ha sido condenado. La doctrina del "doble cómputo" penal, no aplicable a este caso según el tribunal de garantías, fue establecida en 2008 y señala que el tiempo que un recluso ha permanecido en prisión provisional debe descontársele, a efectos de cómputo de la pena, de todas las condenas firmes, pues lo contrario supone una vulneración del derecho a la libertad establecido en el artículo 17.1 de la Constitución. 

La resolución dada a conocer este jueves confirma lo señalado en mayo de 2010 por el Tribunal Supremo, que rechazó un primer recurso presentado por Toro, condenado a 4 años de prisión por facilitar los explosivos del 11-M junto con su cuñado, el también condenado Emilio Suárez Trahorras. Toro pretendía reducir su condena en 1.283 días, si bien ahora se confirma la decisión adoptada en su día por la Audiencia Nacional para que no salga de prisión hasta el 30 de marzo de 2022. El 12 de enero de 2009, la Audiencia Nacional acordó por auto la acumulación de las condenas impuestas a Toro en los tres procedimientos antes señalados. La sentencia, lejos de aplicar la citada doctrina del "doble cómputo", el caso de Toro es diferente, porque al demandante le ha sido fijado un límite máximo de privación de libertad, de 18 años, para cumplir las tres condenas derivadas de tres procedimientos diferentes como si hubieran sido enjuiciadas en la misma causa.
elmundo